Micelio
Auto22 de febrero de 2001

A- de 2001

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Villar Cifuentes Luis Edmundo·Demandado Ministerio De Hacienda

Tema · dato duro
Solicitud Nulidad Por Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en la acción de tutela promovida por el ciudadano de la referencia contra el Ministerio de Hacienda -Oficina de Bono Pensional, a partir del auto proferido por el Juzgado respectivo, visible a folio 12 del expediente.

Lo anterior, porque el citado despacho aduce que aplicó lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto 1382 de 12 de junio de 2000 que, como ya se dijo, no resulta aplicable por ser contrario a la Carta Política.

En consecuencia, se remitió el expediente al Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Bogotá, para que realice el trámite que corresponda a la tutela conforme a la Ley.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DECLARAR la nulidad de todo lo actuado en la accion de tutela promovida por el senor, Luis Edmundo Villar Cifuentes contra el Ministerio de Hacienda -Oficina de Bono Pensional, a partir del auto de treinta (30) de octubre de 2000 proferido por el Juzgado
  2. Octavo. (8) Laboral del Circuito de Bogota , visible a folio 12 del expediente.
  3. Segundo. REMITASE el expediente por Secretaria al Juzgado
  4. Octavo. (8) Laboral del Circuito de Bogota, para que, de manera inmediata se le imprima a esta accion de tutela el tramite que corresponda conforme a la Ley.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.